El Consejo de Ministros aprueba el anteproyecto de ley contra la violencia vicaria

El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de ley que tipifica por primera vez la violencia vicaria como un delito autónomo en el Código Penal. Se trata de aquella ejercida por parejas o exparejas de la mujer sobre sus hijos, familiares o personas cercanas con el fin de causarle un daño extremo.

La nueva regulación incorpora el artículo 173 bis al Código Penal, que define este delito contra la integridad moral y establece penas de prisión de seis meses a tres años, con un tipo agravado en el contexto de violencia de género. También prevé sanciones accesorias como la prohibición de publicar contenidos relacionados con los hechos delictivos.

La reforma modifica también la Ley Integral contra la Violencia de Género, el Código Civil, y otras normas procesales y de protección a la infancia. Entre los cambios, destaca la obligación de escuchar a todos los hijos e hijas menores —y también a los mayores con discapacidad— antes de establecer un régimen de custodia, salvo casos excepcionales debidamente motivados.

El texto amplía la consideración de víctimas más allá de los hijos menores, incluyendo a descendientes, ascendientes, hermanos, personas con discapacidad bajo tutela y nuevas parejas de la mujer. Según la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, desde 2013, 65 menores han sido asesinados por violencia vicaria en España, 3 en lo que va de año.

El anteproyecto será abordado en las XIII Jornadas de Abogados y Abogadas contra la Violencia de Género que se celebrarán el 23 y 24 de octubre en Lugo, organizadas por el Consejo General de la Abogacía.

El presidente de su Subcomisión de Violencia sobre las mujeres, Fernando Rodríguez Santocildes, valora de manera positiva esta propuesta. “Conciencia a la sociedad de la importancia de tipificar este tipo de violencia”. Además, por ampliar la definición de violencia vicaria más allá de los hijos de la víctima. “Así lo pedíamos en las conclusiones de las jornadas celebradas en la anterior edición: esta violencia no debe circunscribirse al asesinato de familiares y allegados menores de la mujer víctima, sino que debe abarcar la ejercida sobre otras personas cercanas a la víctima con el objetivo de dañar o ejercer control sobre ella”.

El anteproyecto incluye además planes de sensibilización y formación específica para jueces y fiscales, con el objetivo de visibilizar, prevenir, sancionar y erradicar esta forma de violencia, en cumplimiento del Pacto de Estado contra la Violencia de Género.

Tras su aprobación en Consejo, el texto deberá contar con los informes de los órganos consultivos, volver al Gobierno para una segunda revisión y, posteriormente, remitirse al Congreso de los Diputados para su tramitación parlamentaria.

Fuente: https://www.abogacia.es/

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octubre, 2025

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