Así será la ley de Consumo Sostenible: sin publicidad de vuelos cortos, combustibles fósiles y contra la obsolescencia programada

paralelo, esta norma prohíbe “ocultar” información al consumidor sobre actualizaciones de software que afecten “negativamente” al funcionamiento de bienes con elementos digitales; prohíbe presentar como necesaria una actualización de software que solo mejore características de funcionalidad y, entre otras, prohíbe cualquier comunicación comercial en relación con un bien que contenga una característica introducida para limitar su durabilidad.

Con esta medida, la cartera dirigida por Bustinduy busca extender la vida útil de productos que están en buenas condiciones para evitar “abusos” a las personas consumidoras y ser “más eficientes” en el uso de los recursos materiales con los que se elaboran los productos.

Reventa de entradas y reduflación

El departamento de Pablo Bustinduy también señaló que “otro pilar” de la nueva ley es la regulación de la reventa de entradas e hizo hincapié en que la norma prohibirá esta práctica cuando se aplique un aumento de precio superior al IPC desde el momento de la compra inicial para “combatir” la reventa “atacando” el beneficio económico que supone para los actores de mercado.

“Este nuevo límite se suma a la prohibición ya vigente que sanciona el uso de bots para adquirir entradas de espectáculos culturales de forma masiva para revenderlas posteriormente”, abundó el ministerio.

Junto a ello, la futura norma también regulará la práctica comercial conocida como reduflación, es decir la reducción de la cantidad de contenido vendido sin avisar cuando redunde en un incremento del precio por unidad.

El Ministerio de Consumo obligará a las empresas a notificar “de forma clara y comprensible” si reducen el contenido de un envase o el número de unidades incluidas en un paquete sin bajar el precio.

“Esta práctica, que afecta a la transparencia en las relaciones de consumo, debilita el principio de información veraz y clara y puede inducir a error a las personas consumidoras”, apostilló el gabinete de Bustinduy, que, de esta forma, busca garantizar que las empresas ofrezcan una información “precisa” sobre precios y cantidades de los productos puestos a la venta.

Las empresas dispondrán de un plazo de máximo 90 días desde la primera comercialización para indicar “de forma legible y visible” las nuevas características del producto comercializado.

El texto del anteproyecto entra ahora en fase de audiencia e información pública y, tras ello, volverá a ser debatido en el Consejo de Ministros y enviado al Congreso de los Diputados para su aprobación.

Fuente: https://www.ondacero.es/

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agosto, 2025

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