Usuarios

El Colegio Mayor Gregorio Marañón ofrece sus servicios de alojamiento a:

  • Alumnos de grado y post-grado de la UCLM
  • Profesores e investigadores universitarios y de la comunidad educativa en general.
  • Personal de administración y servicios de la UCLM y otras Universidades españolas.
  • Alumnos y profesores del programa Español en Toledo (ESTO) y Español en Cuenca (ESPACU)
  • Alumnos de los  programas ERASMUS y  LEONARDO
  • Participantes en cursos, congresos y actividades organizadas por la UCLM y su Fundación General
  • Miembros de instituciones que trabajen con la UCLM y su Fundación General
  • Invitados institucionales de la UCLM y su Fundación General
  • Colaboradores y participantes en eventos culturales y artísticos.
  • Miembros asociados al programa Alumni de la UCLM
CGM23

Normas de comportamiento

Puedes descargar en pdf las normas de comportamiento aquí.

1.- En las zonas comunes todos los residentes deberán ir correctamente vestidos y calzados.

2.- Todo residente tiene derecho al uso privado de su habitación, con respeto a la convivencia y tolerancia mutua cuando el régimen adjudicado sea el de habitación  compartida.

Podrá recibir en su habitación las visitas que considere oportuno; el horario de éstas, estará limitado entre las 9:00 y las 23:00horas.

No les está permitido a los visitante utilizar las zonas comunes de la residencia, salvo con permiso escrito de la Directora.

3.- En toda la residencia se guardará el máximo respeto a los compañeros y se mantendrá el mayor silencio posible. El silencio, en todo caso, se respetará escrupulosamente entre las 23:00 y las 8:00 horas.

El uso de las salas de ocio tendrá como restricción el no molestar a los compañeros, respetando los niveles de ruido considerados como aceptables, debiendo ser muy reducidos en horario nocturno.

No está permitido la organización y celebración de fiestas en ninguna dependencia del edificio si no están previamente autorizadas por la dirección del Colegio Mayor.  

4.-  La cesión de la llave de la residencia o del dormitorio a terceras personas será considerada falta muy grave en el régimen de convivencia residencial.

5.-El residente es responsable único de sus actos. El intento de entrada a la Residencia en estado de embriaguez o como consecuencia del consumo de drogas será comunicado a Dirección y controlado en los casos de gravedad. La residencia no puede hacerse responsable de cualquier incidencia que pueda surgir por este motivo, por lo que en caso grave podrá avisarse a los servicios de emergencia, sin perjuicio de las responsabilidades que puedan exigírsele al residente por este comportamiento.

6.- Los residentes deberán cuidar su habitación, así como el mobiliario y enseres; colaborar con el resto de compañeros en el buen mantenimiento de las zonas comunes de la residencia y comunicar los desperfectos que observe, para que puedan corregirse por el servicio de mantenimiento.

7.- El material de la residencia está puesto para que todos los residentes puedan utilizarlo, por lo que no dejarán en las habitaciones aquellas cosas que deban estar en la cocina o en las zonas comunes. Una vez utilizado, todo el material deberá ser devuelto limpio a su lugar de origen.

8.- Está prohibido comer y beber  fuera de las cocinas-comedor  o de la terraza de verano.

9.-No está permitido fumar en ninguna dependencia de la residencia, a excepción de la terraza y los dormitorios.

10.- El Residente tiene el deber de facilitar el acceso a su habitación sin que suponga alteración a su derecho a la intimidad, conforme a la organización de la residencia dada a conocer al comienzo de cada curso, al personal de limpieza y mantenimiento de instalaciones. El cartel de “No molestar” se respetará sólo hasta las 11.00 de la mañana.

Igualmente, facilitará el acceso cuando la Dirección considere que debe inspeccionarse la misma por motivos de conservación o convivencia. En este caso, la inspección se realizará por el personal autorizado y en presencia del residente; de negarse éste, bastará la presencia de otros dos residentes, que actuarán como testigos.

11.- Está totalmente prohibido la utilización de aparatos eléctricos ajenos a la residencia, para cocinar.

12.- Está totalmente prohibido planchar fuera de las instalaciones de la lavandería.

El incumplimiento por los residentes  de los deberes descritos con anterioridad, dará lugar a:

1º) Pérdida de su condición de residente. El incumplidor deberá abandonar la Residencia con desalojo de la habitación en el plazo de 24 horas desde que lo comunique la Dirección.

2º) Pérdida del derecho a la devolución de los precios abonados.

3º) La condena judicial de un residente por la comisión de una falta o delito, implicará de suyo la expulsión automática de la residencia.

El incumplimiento de las normas de convivencia podrá ser catalogado como leve, grave y muy grave.

  1. a)Será  considerado incumplimiento leve:

a.1 La incorrección con los compañeros y personas que se encuentren en la residencia.

a.2 El descuido en la conservación de las dependencias y material.

a.3 En general, el incumplimiento de los deberes por negligencia o descuido inexcusable.
a.4 Alteración puntual del orden en general, a nivel individual o grupal.

  1. b)Será considerado incumplimiento grave:

b.1 La desconsideración con los compañeros y  personas que se encuentren en la residencia.

b.2 No respetar la propiedad privada del resto de los residentes o del  personal. Utilizar o apropiarse indebidamente de alimentos, objetos o cualquier material perteneciente a la residencia o a otro residente.

b.3 La simulación o encubrimiento por incumplimientos graves de otros compañeros.

b.4 Alterar el orden y no guardar silencio en zonas de habitaciones y estudio.

b.5 Causar o provocar daños en la conservación de las dependencias y material.

b.6 La reincidencia en la comisión de faltas leves, aunque sean de distinta naturaleza, cuando hayan mediado amonestaciones por las mismas.

  1. c)Será considerado incumplimiento muy grave:

c.1 Los insultos, amenazas o agresión a compañero u otras personas, en la Residencia.

c.2 El consumo, dentro de la Residencia, de cualquier tipo de drogas.

c.3 La organización de fiestas no autorizadas en cualquier dependencia de la Residencia.

c.4 Ceder la habitación a persona no residente o entregarle la llave o tarjeta de acceso.

c.5 Causar o provocar graves daños en la conservación de las dependencias y material.

c.6 La reincidencia en faltas graves, aunque sean de distinta naturaleza, dentro de un período de seis meses, cuando hayan mediado sanciones por las mismas.

Las correcciones que se podrán imponer en función de la calificación de los incumplimientos de las normas de convivencia, serán las siguientes:

  1. a)Por incumplimientos leves:

Amonestación verbal o por escrito.

  1. b)Por  incumplimientos graves:

Pérdida de la condición de residente,  sin derecho a reclamar la devolución de los precios abonados y con abono de los gastos de la reparación, cuando ésta sea inferior a 150 €, por desperfectos ocasionados en dependencias o material. El abono de los gastos se efectuará directamente a la empresa que repare el desperfecto y se entregará copia de la factura en Secretaría.

  1. c)Por incumplimientos muy graves:

– Expulsión inmediata de la Residencia.

– Denuncia en Comisaría si se ha cometido una presunta falta o delito.

– Pérdida de la condición de residente, sin derecho a reclamar la devolución de los precios abonados y con abono de los gastos de la reparación, cuando ésta sea superior a 150 €, por desperfectos ocasionados en dependencias o material. El abono de los gastos se efectuará directamente a la empresa que repare el desperfecto y se entregará copia de la factura en Secretaría.

El incumplimiento de las normas de convivencia, catalogado como leve o grave, será corregido por la Dirección de la Residencia, con audiencia al interesado y comunicación a la Gerencia de la Fundación General de la Universidad de castilla la Mancha.

El incumplimiento catalogado como muy grave será corregido por la Directora  de la Residencia, previa apertura del oportuno expediente. Estos incumplimientos deberán ser informados al Consejo de la Fundación, al que también se dará cuenta del resultado del expediente.

El régimen de convivencia y el cumplimiento de los deberes establecidos en este Reglamento son aplicables, con carácter general,  a todo tipo de residentes, durante cualquier época del año.

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